PT - El modelo 303 tiene como objetivo repercutir el IVA de las operaciones realizadas durante el trimestre, con el tipo de 21%, 10% y 4% o exenta en el caso de que así proceda la misma.
Recoge todo el IVA que repercutido así como soportado. Como bien indica la AEAT si el valor del IVA soportado es mayor al repercutido, la AEAT procederá al ingreso, en caso contrario, la empresa deberá abonar a AEAT.
Cuando se debe presentar el Modelo 303
Si es la declaración es mensual:
- Del 1 al 30 del mes siguiente al período de liquidación, o hasta el último día del mes de febrero en el caso de la autoliquidación correspondiente al mes de enero.
Si la declaración es trimestral:
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Del 1 al 20 del mes siguiente al período de liquidación tanto en los mes de abril, junio y octubre.
- La del cuarto trimestre se presentará del 1 al 30 de enero.
- En los casos en que deba presentarse la declaración resumen anual modelo 390, el plazo de presentación será del 1 al 30 de enero.
Si el ultimo día es festivo, sábado o domingo se prorroga la presentación hasta el primero dia útil.
Información que recoge el Modelo 303
Para ello, debes tener tu actividad económica organizada, de forma a poder diferencia todos tus ingresos y tus gastos que hayan sido realizados durante ese trimestre.
Dentro de cada unos de los documentos se refleja, siendo que validos para el efecto son las facturas y las facturas rectificativas:
- El IVA aplicado a cada producto o servicio.
- La procedencia de la factura si es intracomunitaria, si esta exenta por localización.
- Los gastos deberán reflejar lo mismo, asi como si es un bien de inversión o un gasto corriente. Debes tener en cuenta que solo podrás desgravar aquellos gastos que este relacionado directamente con tu actividad económica.