De acuerdo con la ley, es obligatorio conservar todos los documentos relevantes que tengan relación con sus obligaciones tributarias. Descubre cuáles son los plazos y otros detalles sobre este tema.
Según la Agencia Tributaria, los empresarios y autónomos que venden productos o servicios deben conservar los documentos durante 4 años.
De acuerdo con la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, en el artículo 29 letra E, encontramos lo siguiente: "La obligación de expedir y entregar facturas o documentos sustitutivos y conservar las facturas, documentos y justificantes que tengan relación con sus obligaciones tributarias."
En la página web de la Agencia Tributaria la información que tiene que ser conservadas es la siguiente:
Además, encontramos una nota específica para empresarios que realizen actividades relacionadas con oro en la inversión. Para estos casos, la copia de las facturas deberá conservarse durante 5 años.
Ya sea en formato físico o electrónico, estos documentos deben acreditar la autenticidad de la operación y permitir una rápida identificación de todos los datos. Para ello, deben ser guardados a través de medios que garanticen la legibilidad de su contenido. Un programa de facturación te permite guardar todos los documentos en formato digital sin tener que preocuparte por guardar copias en papel.
Un programa de facturación tiene la ventaja de emitir todos los documentos en formato digital, que se pueden consultar en cualquier momento. Moloni trabaja en la nube y solo necesitas una conexión a internet para acceder a todos los datos en tiempo real, sin tener que preocuparte por conservar papeles.
Por otro lado, puedes realizar consultas personalizadas. Desde hacer una búsqueda personalizada por intervalo de fechas, consultar los documentos emitidos para un cliente específico, o hacer una búsqueda por series de documentos, Moloni tiene muchas opciones para una gestión avanzada de tu negocio.